Hola Miguel buenas tardes, mi consulta es sobre una empresa del régimen especial que solo tiene un asesor y que por su servicio le da RH, EN ESTE CASO ESTARÍA OBLIGADO IGUAL A PRESENTAR EL PDT PLAME; pero a la hora de dar de alta en el T-Registro me pide que ponga la fecha de Inicio de vigencia SST, pero si no hay ni un trabajador en planilla, como podría tener un supervisor; es ilógico, ya que el asesor que le brinda su servicio es externo. En este contexto, que debería colocar en esos campos, donde las opciones son: NO TIENE, COMITE, SUPERVISOR y en la fecha de Inicio de vigencia SST --/--/-- ¡qué fecha se coloca?, sabiendo que no tiene supervisor.
El recibo le están emitiendo desde el año pasado casi mensualmente, a través de yape, el importe de S/600.00.
Gracias.
Hola Miguel buenas tardes, es necesario que una empresa o una persona natural con negocio bajo el regimen especial, declare en la PLAME recibos por honorario que le emiten? en estos casos habria alguna contingencia en caso no los declare? en caso de que no tengan retención y en caso de que si tuviera retenciòn.