Buenos días Miguel,
Una empresa inscrita en el REMYPE va a liquidar a un trabajador con fecha 30/09/2023 por término de contrato part time. Cuyo sueldo es S/ 1,600 por laborar 4 domingos cada mes.
1. Que beneficio sociales se le debe pagar ?
2. Que descuentos al trabajador y que aportes del empleador se debe consignar en la liquidación ?
3. Antes del 30/09/2023 se presentó la planilla de AFP del mes de setiembre comunicando que aún no cesaba el trabajador, ya que en ese momento aún no se sabía si seguiría laborando; en la planilla de octubre debo de comunicar el cese o como se comunica? o debo corregir la planilla de setiembre ?
4. Hoy 01/10/2023 se comunicará el t-registro la baja del trabajador con fecha 30/09/2023. Al sincronizar información del t-registro con el plame en la declaración de setiembre, aún figurará este trabajador para consignar su sueldo?
5. Los descuentos y aportes de la liquidación (cese 30/09/2023) en que mes se declara? en setiembre o en octubre?
Gracias por la atención prestada.
Atte. William Bada S.
Miguel, si su sueldo mensual es S/ 1,600 por laborar 4 domingos de cada mes.
Le pagaría:
1600/30*6=320 ?
Muchas gracias