Miguel, una consulta si un trabajador ingresa a laborar el 08/11/2022 a 30/01/2023, le corresponde la gratificación de diciembre 2022?, te pregunto por qué encontré los siguientes requisitos, según esto no le corresponde la gratificación de diciembre 2022.
Existen dos requisitos según la Ley N.º 27735:
a. el colaborador tendrá derecho a recibir la gratificación legal siempre y cuando lleve un mes completo laborado en la empresa, anterior al mes en que corresponde pagar la gratificación. Es decir, si la fecha de pago es en julio y diciembre, el colaborador deberá haber laborado en junio y noviembre.
b. el colaborador deberá encontrarse cumpliendo sus labores durante la primera quincena de los meses en los que se paga la gratificación.
Gracias por tu respuesta.
En este caso se considera lo estipulado en el punto b. En que casos se ajustan al inciso a?? Agradezco tu comentario.
atte. Marcos Santa Cruz
Muchas gracias