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Jun 18, 2022 9:30 am
Buenos Días Sr. Miguel, tengo el caso de un trabajador que va a gozar de vacaciones desde el 23 de junio 2022 hasta 07 de julio 2022, y tal como indica el art 16 del DL 713, la remuneración vacacional se debe realizar un día antes, en este caso tendría que abonar por los 9 días que consta del 23 de junio al 30 de junio ò por los 15 días que son del 23 de junio al 07 de julio, es decir se hará pago adelantado del mes de JULIO?
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