Miguel, buenos días, desde ya te agradezco tu respuesta.
Le comento el caso:
Nos hemos formalizado como persona jurídica en diciembre 2023, y este año queremos aperturar planilla.
Obviamente, por manejo de costos laborales, nos queremos acreditar como REMYPE. De acuerdo a los requisitos, debemos tener un trabajador, la consulta es si ese trabajador con quien realizaremos la inscripción, en que régimen laboral se encontrara, en general o lo puedo registrar ya como especial.
Esta confusión se presento debido a que hasta donde tengo entendido, una vez recibida la acreditación, y con la finalidad de obtener el beneficio del régimen especial, recién puedo contratar a mis colaboradores. Por ejemplo si solicita hoy 11.01.2024, y la acreditación me la entregan el 18.01.2024, recién el 19.01.2023 podría formalizar con mis colaboradores.
Disculpa que me explaye, trate de ser lo mas clara en mi consulta.
Muchas gracias, te conocí en la capacitación del SIRE, eres un excelente profesional.
Saludos.