Buenos días estimado Miguel, tenemos un trabajador que está afiliado a la ONP tiene ya 65 años, el desea tramitar su jubilación, ha hecho la consulta a la ONP y le han dicho que para iniciar el trámite debe de renunciar primero, ¿Es así el procedimiento?, y si fuera la respuesta afirmativa, ¿De qué viviría esta persona mientras sale su Resolución de jubilación para que empiece a percibir lo que le corresponde??, es lo que no entiendo, por otro lado esta persona después que renuncia puede reingresar a trabajar nuevamente y tenemos que seguir des contándole por ONP o como se haría en ese caso?.
Te agradezco por tu respuesta
Un abrazo!!