Estimados Buenas tardes
Tengo un trabajador que tiene descanso medico desde el 11/02 al 26/04 teniendo un sueldo de 1050 + 102.50 de asignacion familiar.
Asimismo los primeros 20 dias lo asume la empresa, y la diferencia de dias seria subsidiado por essalud 55 dias.
Ahora mi duda esta en la declaracion del Plame
-En el mes de febrero procedi a declarar en el mes de febrero de la siguiente manera: 10 dias laborados y en la casilla 0121 por importe de S/ 420 , 18 dias SI Descanso (20 primeros dias) y casilla 0115 Remuneracion dias descanso medico un importe s/630.00 y en la casilla de jornada laboral esta lo cual quisiera saber si es correcto?
-En el mes de Marzo estoy procediendo a declarar 29 dias subsidiados en la casilla 0916 subsidio incapacidad temporal por un importe de S/980.00 y 2 dias de SI Descanso (20 primeros dias) por un importe de S/70.00,lo cual quisiera saber si es correcto?
Para ambos casos la asignaficion familiar fue considerado por S/102.50 en la casilla 201
Estimado implicaria en algo si lo declaro en Remuneracion dias descanso medico ?
Entones quiere decir que apesar que el trabajador tuvo descanso medico se deberia de declarar en la casilla Remuneracion Basica?
Disculpa existe alguna base legal donde pueda leer lo que mencionas porfavor