Hola Miguel, Buenos y Bendecidos dias. Consulta: En el caso que la empresa quiera darle a un trabajador una bonificación (como suma graciosa) en tres partes. Se le podría dar sin problemas en tres meses consecutivos? O es recomendable hacerlo en 1 solo mes. Lo consulto porque me dijeron que cuando se hace de manera consecutiva se vuelve un concepto remunerativo ? Por favor me comentas. Gracias. Saludos, Cristina
Miguel, dos consultas:
1.-Si el empleador da la suma graciosa (como un acto de liberalidad) tendria que reparar ese gasto al final del ejercicio?
2.- Si el empleador da la suma graciosa (como una gratificacion extraordinaria) estaria afecta solo a quinta categoria? y si seria deducible para la empresa?
Por favor me comentas. Gracias. Cristina.
Muchas Gracias Miguel.