Estimado Miguel, Buenas tardes, Tengo un caso donde una empresa no tendrá operaciones durante los próximos meses, ya que su único cliente no seguirá prestando el servicio.
Solo tiene un trabajador en planilla y esta afiliado al Remype laboral. Consultas,
¿podría declararlo en el plame suspensión perfecta?
¿por cuanto tiempo puede estar en ese estado?
En caso haya un límite de tiempo, ¿Qué implicaciones tiene exceder de un posible limite?
En caso de darle de baja al trabajador, ¿debo declarar el plame si no tengo trabajadores y/o recibos por honorarios?
Al darle de baja al único trabajador, ¿perdería mi afiliación al Remype laboral?
De antemano muchas gracias por el apoyo. Saludos
Entiendo, muchas gracias por las sugerencias.
Con el fín de no romper el vínculo laboral:
¿es posible declarar al trabajador con "suspensión perfecta" durante 4 meses?
Por prudencia o por obligación, ¿habría limite de meses para declarar con "suspensión perfecta" ?
¿tendría alguna incidencia? (multa, observaciones o faltas)