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Ene 21, 2022 11:41 am
Buenos días, en caso de un trabajador que ha laborado hasta el 31 de diciembre, cual seria la remuneración computable para la liquidación (vacaciones y CTS), si este trabajador tuvo un incremento de sueldo en diciembre; ¿Se debe aplicar el sueldo de noviembre o diciembre).
NOTA: Sueldo de Noviembre S/.2,200.00; sueldo Diciembre S/. 2,550.00 soles.
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