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Información del tema: 27/10/2023 3:50 pm
Pago de la CTS y de la indemnización por despido arbitrario debe realizarse en cuentas separadas
Para la validez del pago de la indemnización por despido arbitrario, el empleador deberá depositar el monto correspondiente en una cuenta distinta a la del pago de compensación por tiempo de servicios u otros conceptos adeudados al trabajador, para que se garantice el pleno conocimiento por parte de este último de que está optando por la eficacia resarcitoria frente al despido, lo que le niega invocar la eficacia restitutoria.