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Información del tema: 28/09/2023 1:51 pm
La Corte Suprema excluye a contratistas de procesos de desnaturalización de la intermediación laboral
Cuando el trabajador demandante alegue la existencia de un contrato de trabajo respecto de la empresa usuaria por encontrarse desnaturalizada la intermediación y/o tercerización laboral, solo tendrá legitimidad para obrar pasiva en el proceso aquella respecto de quien se sindica como el verdadero empleador, esto es, la empresa usuaria, por lo que, en esta tipología de casos, no es necesario que la empresa contratista participe en el proceso como parte demandada.