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Remuneración del Trabajador
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Información del tema: 22/08/2023 10:06 am
La Corte Suprema ha indicado que en materia laboral y en concreto en el tema de daños y perjuicios no se ha establecido la reparación del "daño a la persona", sino solo los daños por: (i) daño emergente; (ii) lucro cesante; y, (iii) daño moral.
El artículo 1332° del Código Civil que refiere que, si el resarcimiento del daño no pudiera ser probado, en su monto, el juez deberá fijarlo con valoración equitativa; esta valoración equitativa no constituye una decisión arbitraria e inmotivada, sino que debe utilizarse parámetros que permitan arribar a una decisión orientada a restablecer en lo posible la situación a los limites anteriores al daño producido.