Buenas Tardes,
La primera semana de Septiembre del 2021 se adquirió dos bienes, estos se dieron de alta en los libros de Activos para su depreciación, sin embargo a finales de Noviembre 2021 ambos bienes fueron sustraídos de la
obra, el área encargada hizo la denuncia respectiva, Pero no se realizo el seguimiento para dar de BAJA. Estos dos bienes recién se darán de BAJA en Diciembre 2022, pero se depreciaron durante el 2022, Como estamos en Cierre Anual este gasto se puede considerar como Deducible ? o tengo que reparar?
Por otro lado, como estos bienes estaban a cargo del almacenero, bajo los términos de Contrato cualquier pérdida recae la responsabilidad sobre el encargado. El almacenero repuso el bien a finales de
diciembre de 2021, pero no se dieron de alta estos bienes cuál sería el procedimiento a seguir?
Teniendo en cuenta que los dos activos se consideran por baja (perdió) y alta (reposición).
Se puede dar de alta los bienes por reposición (comprobantes están a nombre del almacenero) el gasto por depreciación será deducible?
Agradecería que me brinde soporte contable y tributario.
Buenos días, según menciona:
Para sustentar el costo del activo fijo se le sugiere tramitar el formulario 820 siempre que no exista comprobante de pago a nombre de la empresa.
En este caso tengo que esperar que Sunat responda el formulario, para recién dar de alta el Bien que fue repuesto, teniendo en cuenta que su depreciación tenia que iniciar en Diciembre 2021, y recién sea gasto deducible?
El detalle es que el trabajador ya cesó.
Entonces de no presentar el formulario por el trabajador no seria deducible la depreciación, y de considerar el gasto con expediente que tenemos, no sería sustento suficiente?