Hola Miguel buenas tardes, en caso de redondeos en pago a proveedores, planilla, tributos, hay algunos montos que salen para redondear por ejemplo:
1. en caso de tributos se redondea si es 2,501.60 a 2,502 (esos céntimos se puede ajustar a la cuenta 659xx) como gasto deducible para IR?
2. igualmente hay casos de proveedores que se acumulan los céntimos, a veces se redondea a favor o en contra, en mi caso tengo acumulado de un proveedor un total de 153.20 y así de varios proveedores se suman un total de hasta 560.80 como ingreso por redondeo. (estos ingreso puedo ajustar a la cta 759xx como ganancia por redondeo? y estará gravado para el IR anual verdad?.
3. Lo mismo pasa cuando es redondeo en contra, es decir son perdidas por redondeo (estas perdidas por redondeo se puede ajustar a la cta 659xx, claro creando una subcuenta) y también seria considerado como gasto deducible?
4. se da igual en planilla que sale por pagar de los trabajadores 3350.48 (entonces este 0.08 céntimos se puede ajustar a la cuenta 659xx ) siendo así también deducible el redondo acumulado para IR ?