Buenos días Miguel, tengo una consulta con respecto al uso del crédito fiscal, el caso es que en 11/2021, nuestro proveedor nos emite una factura sujeta a SPOT, y como aun no se pagaba la detracción, se traslado la cuenta de IGV a la 1673 mientras se pague(acredite), al final de mes ni dentro del plazo se pago, por ende en ese mes no enviamos en Registro de Compras (PLE) dicha factura. Mientras, nuestro proveedor nos menciona que la factura mencionada estaba erradamente emitida, por ello nos emiten un Nota de crédito en el mes de 12/2021, y a la vez su reemplazo de factura y esta si con todos requisitos incluida pago de la detracción. El problema surge, cuando la Nota de crédito se envía en libros y se declara en el FV 621, reduciendo nuestro crédito fiscal, cuando debió quedar compensado con la factura original. Ahora en 03/2022, recién queremos enviar en el Registro de Compras, y utilizar (o recuperar el crédito fiscal) de ese periodo. Podría haber algún problema con la SUNAT, ya que según requisitos debe tener pago detracción y bancarización, pero como fue anulada con NC, solo seria compensar. De antemano, gracias por tu respuesta.
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Abr 19, 2022 11:47 am
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