Buenas tardes, Miguel,
El día de ayer se realizó la entrega de un producto, pero el cliente ya no desea adquirirlo. Mi consultas es la siguiente:
Queremos dar de baja la Guía de Remisión Electrónica (GRE) como resultado de esta situación. ¿Qué me recomiendas entre estas dos opciones de baja: "Durante el traslado, por cambio de destinatario" o "Antes de iniciar el traslado"?
Además, al intentar realizar la baja, aparece un aviso que menciona "puede estar sujeto a una verificación o fiscalización posterior". ¿Qué implicaciones podría tener esto?
¿No se aplicarían multas por infracciones, dado que SUNAT ha prorrogado la aplicación de las multas por infracciones cometidas en la emisión de la Guía de Remisión Electrónica hasta el año 2024?
Atento a tu amable respuestas.
Saludos,