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Feb 09, 2023 1:17 pm
Tengo el caso de una empresa hasta agosto del 2022, declaro en el Régimen especial y luego paso al Régimen Mype Tributario, por sus ventas.
Esta misma empresa puede regresar al Régimen especial, declarando su PDT de IGV y Renta del periodo de ENERO 2023, que vence esta semana, se debe pagar el impuesto por dicho periodo para poder acogerse o solo puedo presentar en cero asi le toque pagar.
Gracias
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