Buen dia Miguel. me acaba de llegar una carta inductiva que no realize la retencion de 4ta categoria a 4 recibos por honorarios. mi consulta es la siguiente:
1. al realizar el pago del tributo. tambien aplica sumarle los intereses del tributo?
2. al realizar el pago de la multa por tributo omitido, % de gradualidad debo considerar. ya que SUNAT me esta notificando de la infraccion con carta inductiva.
3. este hecho conlleva que debo rectificar el PDT PLAME? los recibos fueron emitidos sin considerar el 8% de retencion. por lo tanto el pago se realizo por el total.
4. en caso de rectificar el PDT PLAME. esta ocaciona otra multa por declarar datos falsos?. si es asi % de gradualidad debo considerar para el pago.
Buenos dias Miguel una consulta la emision de GRE es obligatorio desde el 01/01/2024 o e ha postergado hasta el 30/06/23 , tengo esa duda .