La consulta es la siguiente : se realizo la compra de una máquina industrial lavavajillas por 15,000.00 la factura salió a nombre la empresa (servicio de catering) y el pago se ha realizado desde mi cuenta personal (realizado el 23/06) debiendo ser desde la empresa.
¿Cuál sería el tratamiento correcto para dicha operación?, ¿el trabajador deberá realizar un contrato que indica que ha préstamo a la empresa?
Estimado Miguel consulta: en el presente caso que expones donde el accionista o socio paga directamente al proveedor, se cumple la bancarización de la compra del activo?, es decir, puedo deducir la depreciación y tomar el crédito fiscal de la factura? más allá de que no hay obligación de comunicar según el informe 038-2022 a la Sunat y realizar el contrato de mutuo de dinero entre la empresa y accionista?