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Compra de auto siendo persona natural con negocio

 
Temas Tributarios
Último Mensaje por Miguel Torres hace 2 años
18 Respuestas
2 Usuarios
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2,147 Visitas
Respuestas: 23
 MARCKO01
Información del tema:
Sep 08, 2023 1:46 am
(@marcko01)
Eminent Member
Registrado: hace 2 años

Buenas noches Miguel. Tengo una consulta, si compro un auto siendo persona natural con negocio(venta departamentos) y lo pago en 5 años, puedo usar todo el IGV al momento de la compra? o se usan según los pagos mensuales que vaya realizando a la concesionaria?

17 respuestas
17 respuestas
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Sep 08, 2023 6:25 pm
Responder aMARCKO01

@marcko01 puedes hacer eso desde el primer mes todo el IGV.

Responder
Piero10 reaccionó
 MARCKO01
(@marcko01)
Registrado: hace 2 años

Eminent Member
Respuestas: 23
Sep 08, 2023 6:54 pm
Responder aMiguel Torres

Miguel y si la compra del auto la realizo vía Leasing,en un período de 2 años.¿También podría aprovechar todo el igv desde el momento de la compra? 

Responder
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Sep 08, 2023 8:51 pm
Responder aMARCKO01

@marcko01 no, porque depende de las facturas que te envie el banco.

Responder
Piero10 reaccionó
 MARCKO01
(@marcko01)
Registrado: hace 2 años

Eminent Member
Respuestas: 23
Oct 28, 2023 1:18 pm
Responder aMiguel Torres

estimado Miguel.entonces si compro el auto vía leasing en noviembre de este año,debo entender que el gasto lo podría usar recién el 2025.pero yo este año terminé de vender mis departamentos( soy persona natural pero tributo como renta de tercera porque esta en habitualidad) entonces en la declaración de renta del 2023 que se realizaría el sgte año no podría usar el gasto del auto, eso lo tengo claro, pero mi pregunta sería la sgte: en el 2025 cuando ya podría usar el gasto por la compra del auto de que forma podría usar ese gasto si para ese año ya no tendré ventas?  puesto q este será el último año de mis ventas

Responder
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Oct 29, 2023 8:54 am
Responder aMARCKO01

@marcko01 dos cosas:

1. Si compras un auto es activo, no gasto. Lo que deduces es la depreciación del auto, si es por leasing financiero, es en base a los años que dura el contrato (es una alternativa, porque si deseas le aplicas el % de SUNAT).

2. Otro punto, el gasto se usa en el ejercicio que se devenga, no puedo trasladar gasto para otros ejercicios. 

Responder
 MARCKO01
(@marcko01)
Registrado: hace 2 años

Eminent Member
Respuestas: 23
Oct 28, 2023 6:51 pm
Responder aMiguel Torres

Estimado Miguel,si compro el vehículo vía leasing en un período de 2 años. ¿ puede aprovechar el costo del vehículo según la depreciación de sunat en 5 años(es decir 20% anual) pero esta depreciación la puedo tomar siempre y cuando haya  terminado de pagar el costo total o por pagarlo en 2 años podría aprovechar anualmente el 50% del costo del vehículo?

Responder
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Oct 29, 2023 8:55 am
Responder aMARCKO01

@marcko01 no tienes que pagar el 100% para tomar el gasto de la depreciación, a medida que vas pagando tus cuotas, tomas el gasto.

Responder
 MARCKO01
(@marcko01)
Registrado: hace 2 años

Eminent Member
Respuestas: 23
Oct 29, 2023 11:39 am
Responder aMiguel Torres

Miguel entonces en la compra vía leasing cada mes(momento del pago de las cuotas) me entregan una factura y de esa factura aprovecho el igv y el gasto?

Responder
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Oct 30, 2023 9:18 am
Responder aMARCKO01

@marcko01 aprovechas el IGV y lo anotas como un activo mediante leasing. Luego en otro asiento harás la depreciación acelerada.

Responder
 MARCKO01
(@marcko01)
Registrado: hace 2 años

Eminent Member
Respuestas: 23
Nov 01, 2023 12:29 am
Responder aMiguel Torres

Miguel si el valor de la compra del auto es mayor a 26 UIT ya no podría aprovechar la depreciación?

Responder
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Nov 01, 2023 6:30 pm
Responder aMARCKO01

@marcko01 es correcto, siempre que este destinado al área administrativa, pero si es para el core del negocio no hay límite.

Responder
 MARCKO01
(@marcko01)
Registrado: hace 2 años

Eminent Member
Respuestas: 23
Nov 02, 2023 1:30 am
Responder aMiguel Torres

Miguel pero existiría alguna diferencia en el registro contable del vehículo si la compra es para el área administrativa o si es para el coreo del negocio?

Responder
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Nov 02, 2023 8:40 am
Responder aMARCKO01

@marcko01 utilizaras la cuenta 334, quizás una sub divisionaria.

Responder
 MARCKO01
(@marcko01)
Registrado: hace 2 años

Eminent Member
Respuestas: 23
Nov 02, 2023 1:33 am
Responder aMARCKO01

Miguel lo de las 26 UIT sólo es con relación al gasto?; es decir para usar el crédito fiscal se  podrían exceder estas 26 UIT

Responder
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Nov 02, 2023 8:41 am
Responder aMARCKO01

@marcko01 no se podría, es la posición de Administración.

Responder
 MARCKO01
(@marcko01)
Registrado: hace 2 años

Eminent Member
Respuestas: 23
Nov 02, 2023 12:27 pm
Responder aMiguel Torres

Estimado Miguel Lo sgte lo encontre dentro de tu página:

  1. No se puede deducir el gasto vinculado a la adquisición de un vehículo destinado a la dirección, representación y administración de la empresa cuyo costo de adquisición o incorporación es mayor a 26 UIT.
  2. Se puede usar el crédito fiscal producto de la adquisición de un vehículo destinado a la dirección, representación y administración de la empresa cuyo costo de adquisición o incorporación es mayor a 26 UIT.

 

Lo del punto 1 me queda claro, pero el punto 2 indica que si puedo usar el IGV En vehículos de mayor costo, siempre y cuando sea destinado a la dirección, representación y administración de la empresa.

a la espera de tus comentarios

Responder
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Nov 03, 2023 7:05 am
Responder aMARCKO01

@marcko01 es correcto, por eso te mencione: ES LA POSICIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN, mi posición es contraria, pero eso significa pelearte en el Recurso de Reclamación y Tribunal Fiscal (tiempo, dinero, etc).

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