Una empresa celebra un factoring mediante la modalidad de "COMPRA DE FACTURAS SIN RECURSO". La empresa de factoring cobra los INTERESES por el desembolso. Solicitamos que nos emitan el comprobante de pago por los intereses, pero nos indican que no están obligados, porque dichos intereses no están afecto al IGV, según el informe 124-2020/SUNAT. He leído dicho informe, pero no logro entender sobre la no obligación de emitir comprobante de pago. Mi consulta es si los intereses que cobran son deducibles para efectos del impuesto a la renta, a pesar de no emitir el comprobante de pago. Gracias por su comentario.
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Feb 11, 2023 1:02 am