hola miguel buenas tardes
una consulta, la empresa vende productos gravados y no gravados del IGV, y realiza solo compras gravadas del igv para vender dichos productos, en la DDJJ renta mensual 621 , las ventas se declara en el casillero (100) y las ventas no gravadas en el casillero (105), y las compras se declaran en el casillero 110 compras netas destinadas a ventas gravadas y no gravadas. llenamos en la casilla (173), PARA EL PRORRATEO DEL IGV (VTAS+EXP) / (VTAS NAC+EXP+VTAS NO GRAV) . arroja un factor(*)
pór lo tanto el sistema en la casilla (111) aparte que se aplica el 18%, tambien se le aplica dicho factor(*)
por consiguiente el credito fiscal disminuye.
EJEMPLO
ventas 1000 COMPRAS 500
igv 180 IGV 90 x factor ejemplo 0.7448 = 67
por lo tanto el impuesto resultante arroja (180 - 67) = 113
contablemente la cuenta 40111 esta abonado por 180 (registro de ventas) y la cuenta 40111 esta cargada por
90 (registro de compras) por lo tanto la diferencia es 90 soles
entonces para que cuadre la cuenta 40111, ha realiza un asiento de diario:
64111............23
40111.......................23
ESTE ASIENTO HACEMOS TODOS LOS MESES
MI CONSULTA:
EL ACUMULADO DE LA CUENTA 64111 DE DEBE REPARAR EN LA DDJJ RENTA ANUAL O ES DEDUCIBLE PARA EFECTOS DE RENTA PORQUE ES UN COSTO?
gracias por tu respuesta