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Temas Tributarios
Último Mensaje por SONYA TOLEDO CACHAY hace 2 años
3 Respuestas
2 Usuarios
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617 Visitas
Respuestas: 34
 SONYA TOLEDO CACHAY
Información del tema:
Oct 11, 2023 4:20 pm
(@sonya-toledo)
Trusted Member
Registrado: hace 2 años

Miguel buenas tardes , 

Tengo un caso que la empresa ha creado una sucursal en Colombia , y quería saber cómo se puede sustentar todos los gastos incurridos para la creación de esa sucursal , y también se realiza pago del personal de la sucursal de allá con el dinero de aquí de las cuentas de la empresa , CUÁL ES LA MANERA CORRECTA Y ACEPTADA DE PODER SUSTENTAR?

*Te agradecería me pudieras brindar alguna base legal para poder leer sobre ello por favor.

2 respuestas
1 respuesta
 Miguel Torres
Admin
(@misha)
Registrado: hace 10 años

Suscriptor
Respuestas: 7008
Oct 13, 2023 8:30 pm
Responder aSONYA TOLEDO CACHAY

@sonya-toledo  conforme al cuarto parrafo del articulo 51-A del TUO de la Ley de Impuesto a la Renta, aquellos gastos incurridos en el exterior seran sustentados con los respectivos documentos emitidos bajo la normativa propias del pais en que se encuentren, es decir, se debera solicitar el INVOICE por cada desembolso realizado; asimismo, debera evaluarse si estos gastos son generados para renta de fuente peruana o fuente extranjera, conforme al inciso a.4) del articulo 37 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (señala la obligacion del pago a los no domiciliados antes del vencimiento de la DJA para reconocerse como gasto deducibles) o articulo 51 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (al señalarse que los gastos incurridos en el exterior para generar renta de fuente peruana seran compensadas entre si, debiendo solo arrastrar el resultado positivo para la DJA, es decir, estos gastos no son aceptados dentro de la determinacion del impuesto a la renta, sino que solo afectan directamente a las rentas de fuente extranjeras).

Por otro lado, sera necesario conservar los documentos, contratos, declaraciones juradas, entre otros, que puedan demostrar la fehaciencia de la operacion, asi como el cumplimiento del principio de causalidad (gasto necesario para mantener la fuente productora de renta o para generar renta) y el uso de los medios bancarizados (Decreto Legislativo 1529).

Responder
Andres Vega reaccionó
Respuestas: 34
 SONYA TOLEDO CACHAY
Información del tema:
Oct 17, 2023 4:06 pm
(@sonya-toledo)
Trusted Member
Registrado: hace 2 años

MUCHAS GRACIAS.

Responder
Miguel Torres reaccionó
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