Hola Miguel, Buen dia...En el Sire las percepciones de las DUAS se están considerando como inafecta, eso debería reemplazarlo ?.... para el registro de mi contabilidad en el CONCAR la DUA se registra con nombre de la sunat o del proveedores de china? con que importe?
1.En el Sire las percepciones de las DUAS se están considerando como compras inafecta, eso debería reemplazarlo ?.
2.en la autoliquidacion a sunat se le paga el exceso de la regularizacion de IGV, ese igv se va a considerar en el registro de compra ? por que en el sire no hay ese exceso de igv, solo
el igv de la dua original, o se va como un gasto ? y ya no en mi registro de compras.