HOLA MIGUEL DE ANTEMANO GRACIAS POR COMPARTIR TUS CONOCIMIENTOS mi consulta es la siguiente: se compro un andamio o estante valor costo 292.00 soles (para exhibir los productos) y 2 impresoras tikteras c/u 635.00 soles (para para imprimir los cpe), se que no superan el 1/4 de la uit y según mi criterio los voy a activar y claro esta que la depreciación no será deducible.
quisiera que me ayudes si mi criterio estaría bien tomando en cuenta los montos.?
Dependiendo si se, aplica NIC o aplica norma tributaria. con cual de ellas seria mejor entendible.
Considerando la “NIC 16”
Según párrafo 7. Un activo es reconocido cuando.
(a) sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos futuros derivados del mismo; y
(b) el coste del activo para la entidad pueda ser valorado con fiabilidad.