de acuerdo al D.U 021-2022 las empresas de transporte recibiran la devolucion de l 40% de los peajes del monto total del pago realizado por concepto de peaje que figue en los comprobantes de pago, es decir incluyendo el IGV.
la consulta es si existe algun reparo tributario para el ingreso como el IGV.
a que se refiere que se debe aplicar el procedimiento de prorrata de gasto, de conformidad con el inciso p) del artículo 21 del reglamento de la ley del impuesto a la renta.
Miguel,
buenas tardes, con respecto a tu respuesta puedes explicar con un ejemplo lo que indicas: "se refiere a que, si usted incurre en algún gasto que esté destinado a rentas gravadas y no gravadas, y no logra identificar en qué proporción fue destinado ese gasto, usará la prorrata de renta (similar a lo que sucede en el IGV)".