Buenos días Miguel,
Hace rato escribí mi consulta pero no la ubico, creo que no lo hice bien y no se grabó.
Mi consulta era si hago una donación, a una empresa perceptora de donaciones claro, no pagaré IGV pero sí pago a cuenta renta 3era?
Yudith, las donaciones entregadas a entidades perceptoras de donaciones, no son consideradas renta para quien las entrega ni para quien las recibe; por el contrario, de conformidad con lo establecido en el inciso x) del artículo 37° del TUO de la Ley del Impuesto a la renta son deducibles de la renta bruta los gastos por concepto de donaciones otorgados en favor de entidades y dependencias del Sector Público Nacional, excepto empresas, y a entidades sin fines de lucro cuyo objeto social comprenda uno o varios de los siguientes fines: Beneficencia, Asistencia o bienestar social, Educación, Culturales, Científicas, Artísticas, Literarias, Deportivas, Salud, Patrimonio histórico cultural indígena; y otras de fines semejantes.