Hola Miguel, buen día!
Consulta, que implicancias tributarias tendría el proveedor peruano en la siguiente figura: proveedor empresa peruana brinda un servicio a una empresa no domiciliado argentina, por ende la factura también saldrá a nombre de la empresa argentina, pero quien le pagará a la empresa peruana es una empresa chilena que es la matriz de la empresa argentina, antes que culmine el mes la empresa argentina pagará nuevamente a la empresa peruana porque no puede devolverle a su vinculada chilena por una restricción de su país por ser vinculada. Entonces se le propuso al proveedor peruano hacer la devolución a chile cuando argentina le pague.
Que perjuicio tributario tendría el proveedor peruano ante esta figura?
De no tener ninguna, entiendo que puede realizarse la operación sin tener problemas con sunat.
Muchas gracias por la respuesta.
La factura se emite a Argentina pero Chile es quien paga a Peru, luego Argentina pagará nuevamente al Peru, entonces como Peru va a tener dos pagos (por chile y argentina) Peru tiene que devolver a Chile, de esa forma se regularizaría la operación. Nos preguntaríamos por qué Argentina no le devuleve directamente a Chile, pero resulta que como es su vinculada, nos comentaron que no pueden hacerle pagos.
Por toda esta figura quería saber si Peru tendría algún problema tributario al devolver ese dinero a Chile.
Por el lado documentario puedo solicitarlo que se elabore, pero ahora pregunto si a pesar de esto tendría que pagar IR por el ingreso de chile?
ya que mi comprobante y servicio es a la empresa Argentina y no a la empresa chilena.