Bunas tardes Miguel,
Revisando la propuesta de compras en el SIRE, he verificado facturas de compras de combustible, los mismos que físicamente se han extraviado algunos y otros ya no se logran visializar por que se borrado la información.
1.Puedo considerar estas facturas de compras de combustibles que se encuentra en la propuestas, a efectos de que queden anotados en el registro de compras y por consiguiente usar el crédito fiscal?
2.Es obligación del contribuyente almacenar las facturas de compras? o con el SIRE la sunat se encargará de almacenarlos?
3.El registro de compras debe ser almacenado por el contribuyente o por la sunat?
Si tuvieras las bases legales favor mencionarlos.
Gracias por su atención
Atte. William Bada S-