Buenos dias, me encuentro en fiscalización de IGV para el periodo de MAYO 2020, nosotros enviamos libros de compra y venta electrónicos, en la revisión para el envío de la información que nos solicito SUNAT nos percatamos que estaba consignado de forma errónea la serie y numero de una factura en el registro de compras, la misma que corregimos en el libro electrónico del periodo de MAYO 2022 fecha posterior a la recepción del requerimiento de SUNAT. ¿ Se pierde el derecho al crédito fiscal ? que soluciones adicionales se debería tener para este error no nos afecte ya sea con el crédito fiscal o el costo/gasto. Favor de darme respuesta con base legal.
Miguel
Buen dia, muchas gracias por tu respuesta.