Buenas noches Miguel, tengo una consulta: Sí una persona recibe como herencia una casa, la cual tiene 4 departamentos independizados y decide vender los departamentos, tengo entendido que en los 2 primeros se venderían como renta de 2da(al no tener precio de la compra, debido a que fue por herencia, la renta sería el 5% del precio venta) y no estaría gravada de igv, pero en la tercera venta ya sería habitual y estaría dentro de la 3era categoría de la misma forma la venta estaría gravada de IGV,la pregunta sería la sgte: ¿Cómo puedo obtener crédito fiscal para bajar el igv ,si la casa me la dejaron en herencia?
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Sep 10, 2023 11:35 pm
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