Sr. Miguel buenas noches, se consulta si una empresa dedicada a la elaboración de productos ha iniciado operaciones en marzo 2022 y desde esa fecha viene efectuando adquisiciones con pocas ventas y recien este año 2023 incremento sus ventas nacionales dandose la oportunidad de concretar su 1°Exportación en mayo 2023, por lo cual la empresa ha decidido desde esa fecha solo Compensar los pagos a cta de Renta mensual con el SFMB Exportador, mi consulta es si para deducir cual será el monto del SFMB a ser compensado contra P/A Rta mens.,tengo que considerar tambien el arrastre del Saldo a favor de IGV de Abril + el Credito IGV de mayo (SExp) contra el Debito IGV de mayo (Vtas Nac) y asi determinar mi SFMB y luego compararlo con el 18% de la Exportación y tomar el menor,...mi duda es si en esta determinación se debe considerar el Credito Fiscal acumulado del mes anterior a la 1° Exportación o solo se toma el IGV de las compras del periodo
donde se efectuó la exportación en adelante....?
Muchas Gracias