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Ago 22, 2023 2:59 pm
Buenas tardes Miguel,
A mi cliente le llegó una resolución de multa por una rectificatoria que hizo en 10-2019, el tributo asociado es renta.
Base imponible : 507
Multa: 50% Tributo omitido ==> 254 soles
Sunat indica que no tiene gradualidad ya que la multa comparado con el 5% de 1 UIT (4,200*5%=210). no tendria descuento. Según la Resolución de Superintendencia N° 180-2012/SUNAT este contribuyente se puede acoger al descuento.
Cuál sería opinión en este caso Miguel?
Gracias por tus comentarios.
Saludos
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