Hola Miguel,
Quería consultarte acerca de la DJ anual, entiendo que una empresa está obligada a declarar si obtuvo renta o pérdida en el ejercicio, entre otros requisitos. Para mi caso, la empresa cierra operaciones y se le da suspensión temporal el 31/12/2020, en este año obtiene pérdida y escoge el sistema A para arrastre de pérdidas. El 2021 no tiene ningún movimiento y no se declara impuestos mensuales.
Las preguntas son:
1.Se Debe declarar la DJ 2021, sabiendo que no tuvo ningún movimiento en el año?
2. De no hacerlo, se pierde el arrastre de pérdida para los futuros ejercicios? Ejemplo: si se reactiva el 2022 y empieza a tener operaciones, seguiría aún tomando la pérdida del 2020 en el 2022, a pesar de no haber declarado el 2021?
Gracias por tu amable respuesta.