Buenos días Miguel.
Tenemos unas facturas pendientes de pago a un proveedor "X". La gerente general de este proveedor desea que abonemos a su cuenta personal; ante esto, le hemos indicado que según las nuevas reglas de bancarización publicado a partir de abril 2022 dice "... , se entenderá como cumplido el uso de medios de pago, solo si se efectúa directamente al acreedor, proveedor del bien y/o prestador del servicio, o también cuando dicho pago se realice a un tercero asignado, siempre que este hecho se haya comunicado a la SUNAT con anterioridad al pago....".
Consulta: Es válido también hacer el pago a la cuenta personal de la gerente general ya que ella es también la representante legal?
Gracias de antemano por tus comentarios.
Saludos,
Elizabeth Aranda.