Estimado Miguel una consulta,
Tengo una empresa que tiene préstamos del exterior mes a mes se viene pagando un aprox... de 1500 euros mensual por un periodo de 4 años.
Este préstamo es del hermano de un socio que sacó préstamo en el banco del exetrior y transfirió como préstamo personal a la empresa en Perú.
Cada mes cuando se realiza la transferencia indicamos en el concepto DEVOLUCIÓN DE PRÉSTAMO.
A manera de favor para que él pueda sustentar ingresos en el exterior(facturación) está solicitando si puede emitir una FACTURA Invoice de 1500 euros a la empresa de Perú como Prestación de Servicios (obviamente solo será válido para él).
Y que el pago que realizamos mes a mes en el concepto diga en vez de DEVOLUCION DE PRÉSTAMO si no PAGO DE FACTURA INVOICE DE LOS SERVICIOS.
La pregunta es? hay alguna contingencia tributaria a futuro por cambiar el concepto de pago EN VEZ DE DEVOLUCIÓN DE PRÉSTAMO POR PAGO DE INVOICE DE SERVICIOS. (sabiendo que el pago que realizamos es del préstamo y no de la factura invoice).
Es posible el área contable aceptar esta solicitud por parte de Gerencia?.
Agradezco tu comentario.