Hola Miguel, consulta: Me llegó un cliente nuevo, pero con la sorpresa de que no tiene libros, está en le régimen mype tributario, según el titular(es una EIRL) me comenta que su contador le ha dicho que se le han extraviado los libros, y deberia tener desde diciembre 2016 hasta la fecha 31-12-2021 (y lo más probable es que esas hojas legalizadas no le iban alcanzar para todo este tiempo), ante esta situación que me recomiendas Miguel, primero tendría que averiguarse cuantos libros legalizo, y en que notaría, y poner la denuncia, pero estará afecto a una multa?? la Sunat dice que le dan 60 días para rehacer? y dígame la SUNAT luego de cumplido los 60 días viene a verificar si se registró todo los libros??? Ayuda porfa. y otra consulta: que diferencia hay entre contrato de sesión de uso y contrato de alquiler ya sea de una casa o de un vehículo, hablando tributariamente y contablemente, si tienes modelos de esos contratos, bacán. Gracias
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Feb 04, 2022 6:31 pm
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