Estimado Miguel, Buenas tardes. Mi consulta es respecto a los Recibos de Servicios Publicos por servicios del mes de Diciembre 2022, pero que son emitidos con fecha Enero 2023 y se cancelan en Enero 2023. Mi consulta es por la provision de estos gastos, deberia considerarlo en el 2022 o 2023? Para mi Registro de Compras de Enero 2023 debo considerar 63 40 /42 o 48 40/42? En este ultimo caso entiendo que deberia provisionar el gasto en el 2022 63/48 y en el 2023 se salda la 48 con el registro del recibo?. O es indistinto?. Por favor agradecere tus comentarios. Saludos, Cristina.
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Ene 26, 2023 5:24 pm
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