Buenas noches Miguel,
Consulta, Como seria el tratamiento para los Recibos de Honorarios que se recepciona con el concepto de COMISION DE VENTAS, sabiendo que no se DEBE emitir RH por ese concepto. Los Recibos fueron pagados a su emisor. Pregunta: ¿Debo ingresar en el PLAME los Recibos emitidos ? ....y si no los ingreso al PLAME. ¿se contabiliza como gasto y luego se Adiciona al impuesto a al renta por no ser permitido?. o cual sería el tratamiento tributario y contable.
Muchas Gracias por tu respuesta.
- Primero no se puede emitir rh por concepto de comisiones como ya esta indicado.
- Segundo los recibos por honorarios no necesariamente para tomarlo como gasto tiene que declararse en el PLAME. Al declarar el rh en el plame solo estas cumpliendo una formalidad ósea puedes tomarlo como gasto sin declarar
- En tu caso el rh no puedes porque esta girado como cobro por comisiones , si seria otro concepto si se puede tomarlo como gasto sin declara en el plame
Igual recordar que debe estar ingresado en los libros contables para poder deducir el gasto. Nunca esta demas recordarlo.