Hola Miguel, buen día, mi consulta es: en el mes de abril 2021, incluí en el registro de compras electrónico 02 facturas de mercadería del año 2020 por la suma de S/ 60,000.00 que son del mes de julio del año 2020, esta mercadería si se incluyó a través del libro diario en el año 2020, pues la entrega de estos documentos fue tardía, al ser libros electrónicos no se pueden incluir en el mes que corresponde.
Respecto al crédito fiscal, entiendo que existe un plazo de 12 meses para registrar el comprobante en el registro de compras, sin embargo, necesito saber si existe alguna contingencia o actualización de la norma, respecto al uso del crédito fiscal, pues debo responder una carta inductiva y en consulta con el fiscalizador me comenta que el registro es muy tardio.