Estimado Miguel
Buenas noches , quisiera realizarle la siguiente consulta , se ha recibido de la SUNAT una notificación en el buzón electrónico donde se indica que se debe retener de nuestro proveedor que no ha pagado la deuda que tenia a la SUNAT , un monto sobre los derechos de créditos, acreencias , bienes y fondos en las que el deudor tributario sea titular y que esten en poseción del tercero retenedor (nosotros) y nos dan 05 dias habiles para comunicar a SUNAT importes retenidos .
El caso es que se tiene una operacion pendiente de pago al proveedor , ya que las facturas emitidas en Junio tenian un ajuste de precio que recien hoy dia nos han emitido las notas de credito , quiere decir que estan pendientes de pago , y recien se le pagara al proveedor , esta operacion, mi consulta es la siguiente estimado Miguel :
1. Esta operación si estaria sujeta a retención .
2. Si tiene detracción esta operación se tiene que cumplir con pagar la detracción o en el caso que aplique la retención se aplica al 100% del monto .
3. Si la SUNAT da 05 dias habiles para contestar pero si el cheque de gerencia demora en emitirse por el banco 2 a 3 dias , y se tiene que presentar en una oficina que SUNAT da no calzaria los 05 dias habiles .
Muchas Gracias por la respuesta Estimado Miguel