Hola Miguel buenas tardes, me llegó una notificación como tercero retenedor; el caso es que mi proveedor ya terminó el servicio prestado, lo cual se hizo con una Orden de Servicio; pero aún no le cancelo (solo se le dio un anticipo en Junio 2022), y según me indica mi proveedor que la Factura por el total, me dará al momento que le cancele por el servicio. Mi consulta es ante este caso, como debo responder a la SUNAT, le digo que no le debo a la fecha de la recepción de la Resolución ó le respondo que sí le debo (así aún no tenga la factura) y le retengo a mi proveedor el monto que indica en la resolución, y si tienes algún modelo de escrito para comunicar la retención que le estoy haciendo a mi proveedor. GRACIAS.
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Jul 15, 2022 12:39 pm
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