Saludos Miguel. una consulta una empresa que se dedica al rubor comercial de productos manufacturados, tiene un terreno, lo cual era un activo fijo para ellos, pero decidieron lotizarlos y venderlos, con un acuerdo de entrega a futuro al termino de los pagos mensuales por parte de los adquirientes, pregunta: el reconocimiento del ingreso (devengo) es al final o mensualmente con la entrega de las boletas por las cuotas pagadas por los adquirientes???
Miguel saludos, en el caso que las ventas de los lotes en plazo de 12 cuotas el reconocimiento de ingresos, aplicando el artículo 58 del LIR en concordancia con el articulo 31 del reglamento del TUO LIR, el reconocimiento de los ingresos se deberá realizar en proyección de las cuotas en cada ejercicio , y al finalizar la declaración jurada anual se consignará los importes devengados en el ejercicio??? o el reconocimiento del ingreso se devengará al final de los pagos, cuando se haga entrega de los terrenos y cuando el adquiriente tome control del mismo??? por favor tu apoyo