ESTIMADO MIGUEL,EN CUANTO A LA LEY 31556-REDUCCION DE IGV EN RESTAURANTES,SEGUN EL REGLAMENTO ESPECIFICA QUE NO SON BENEFICIADAS AQUELLAS QUE TENGAN VINCULACION CON OTRAS EMPRESAS,EN ESTE CASO TENGO 2 EMPRESAS QUE SON EIRL, LA VINCULACION ES POR CONSANGUINIDAD,PORQUE EL TITULAR DE 1 EMPRESA ES MAMA DE TITULAR DE LA OTRA EMPRESA,PERO SI EL MES PASADO SE REALIZO EL TRAMITE DE DISOLUCION Y LIQUIDACION EN REGISTROS PUBLICOS DE UNA DE LAS EMPRESAS PARA DAR DE BAJA DEFINITIVA PORQUE YA NO ESTA REALIZANDO ACTIVIDADES HACE 6 MESES,CON ESO PUEDE DARSE LA DESVINCULACION ECONOMICA Y QUIZA EL PROXIMO AÑO ACOGERNOS AL BENEFICIO DE LA TASA DEL 10%??
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Oct 26, 2022 12:51 pm
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