Se modificará el Código Tributario para combatir elusión
Mayores ingresos fiscales permitirán al Estado luchar contra la pobreza
El Consejo de Ministros aprobó cinco decretos legislativos en materia tributaria, que permitirán aumentar la recaudación fiscal y otorgar incentivos para capacitación y asistencia técnica, informó el presidente del Consejo de Ministros, Óscar Valdés.
Los mayores ingresos fiscales facilitarán al Estado financiar eficazmente la lucha contra la pobreza y mejorar los servicios de salud, educación y seguridad, entre otros.
Al respecto, el ministro de Economía y Finanzas, Luis Miguel Castilla, dijo que en función de las facultades legislativas otorgadas por el Congreso de la República en materia tributaria, una de las normas permitirá que los gastos en capacitación de los trabajadores que hacen las empresas no tendrán límite para la correspondiente deducción del IR que pagan las mismas.
“Esto contribuirá a que las empresas puedan deducir los gastos de capacitación de su personal y es un incentivo que otorgamos a la formación”, subrayó.
Asimismo, uno de los cinco decretos legislativos contiene cambios adicionales a la Ley General de Aduanas y a la Ley de Delitos Aduaneros para dar mayor agilidad al sector y mejorar los controles.
En lo que respecta a la Ley General de Aduanas, las variaciones están relacionadas con mayores facilidades para la declaración de mercancías, optimización de controles, disposición de mercancías y tratamiento de infracciones.
Asimismo, tienen que ver con el perfeccionamiento de las relaciones entre la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) y los distintos operadores de la cadena logística.
Por otro lado, el Gobierno introdujo cambios en el Código Tributario que posibilitarán combatir las distintas formas de elusión tributaria que hay en el país.
Una de las más importantes modificaciones en ese tema es la inclusión de una cláusula antielusiva que dará el marco para combatir esta práctica. “Este decreto incorpora la figura de administrador de hecho como responsable solidario por las deudas tributarias de la persona jurídica”, afirmó.
Además, incluye reglas para la dación de medidas cautelares en los procesos judiciales y dispone medidas de contra cautela a fin de garantizar el cobro de la deuda tributaria.
Otro decreto legislativo modifica la Ley de Impuesto a la Renta (IR) y también elimina la obligación de obtener y presentar la declaración jurada para la aplicación de la tasa de 15% en asistencia técnica, lo cual también es un incentivo para la inversión en dicho aspecto, recalcó.
Dicha norma también establece un régimen de pagos a cuenta por renta de tercera categoría, el cual no puede ser inferior al 1.5% de los ingresos mensuales del trabajador independiente. Este régimen de pagos se podrá modificar o suspender si dichos pagos a cuenta son inferiores de acuerdo con los respectivos balances de abril y julio.
Asimismo, el decreto legislativo contiene normas antielusivas específicas; y, para simplificar y profundizar el mercado de capitales, se establece que los inversionistas tributen por la renta que genera su cuota de participación en el fondo mutuo de inversiones en valores.
Diario Oficial El Peruano (18.07.2012)
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