Una empresa SAC compro en el 2005 una tienda (terreno + primer piso) en el 2006, 2007 construyo segundo y tercer piso en abril de este año desean vender esta edificación de 3 pisos (la empresa SAC se dedica a la venta de repuestos automotriz) esta venta esta afecto al IGV y al impuesto a la renta de 3ra categoría?
Respuesta:
De conformidad con el literal d) del numeral 1) del art. 2º del Reglamento del IGV, tratándose de inmuebles en los que se efectúen trabajos de ampliación, la venta de la misma se encontrará gravada con el IGV, aún cuando se realice conjuntamente con el inmueble del cual forma parte, por el valor de la ampliación. Se considera ampliación a toda área nueva construida.
Por otro lado, en aplicación del art. 3 de la Ley del Impuesto a la Renta y literal A) del art. 28 de la Ley del impuesto a la Renta, la operación está afecta también a este Impuesto
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