La Ley 30036 del teletrabajo impulsará este sistema laboral que procura flexibilizar el manejo de los tiempos de trabajo y mejorar la calidad de vida del trabajador, sostuvieron diversos laboralistas.
Dicha norma no solo regula esta institución como una modalidad especial de prestación de servicios caracterizada por el empleo de tecnologías de la información y las telecomunicaciones en las instituciones públicas y privadas, sino que también promueve políticas públicas para garantizar su desarrollo.
El teletrabajo se caracteriza por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador en la empresa con la que mantiene vínculo laboral, a través de medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos, mediante los cuales se ejercen a su vez la supervisión de las labores.
“Esta modalidad laboral se presenta mucho en las empresas de telecomunicaciones, informática, publicidad o de marketing como un mecanismo para que el trabajador mantenga un equilibrio entre su vida familiar y la vida laboral”, reveló el laboralista Ricardo Herrera.
Por ende, considera positiva la ley que, a su juicio, establece definiciones y pautas generales que se deben reglamentar.
Calidad de vida
A su criterio, la norma también procura flexibilizar la relación laboral y a partir de allí mejorar la calidad de vida del trabajador.
En opinión de Jorge Toyama, esta ley es favorable porque regula una situación que en la práctica se presenta mucho y que supone un trabajo en un espacio diferente del centro de labores, normalmente el domicilio del trabajador y una conexión tecnológica.
Además, considera necesario aprovechar las ventajas del teletrabajo, sobre todo, cuando un trabajador tiene responsabilidades familiares o aspectos personales que les dificulta su traslado al centro laboral.
Recomendaciones
A juicio de Toyama, la seguridad y salud en el teletrabajo constituye un tema que debe ser reglamentado, así como su control y fiscalización, considerando que esta modalidad laboral puede presuponer horas extras.
Por su parte, Herrera considera necesario reglamentar cómo se controlará la jornada de trabajo del trabajador, a quien se le denomina teletrabajador y la responsabilidad de éste.
Además, recomienda regular el tipo de examen médico ocupacional, al cual tienen que ser sometidos los teletrabajadores.
Diario El Peruano (10/06/2013)
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