A través de la Resolución de Superintendencia Nº 019-2014/SUNAT publicada hoy, jueves 23 de Enero de 2014, la SUNAT ha incorporado los numerales 9 y 23 dentro del Anexo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 183-2004/SUNAT que regula el Sistema de Detracciones a bienes, servicios y contratos de construcción, de acuerdo al siguiente texto:
La vigencia de esta disposición será a partir del 1 de Marzo de 2014, y será aplicable a aquellas operaciones cuyo nacimiento de la obligación tributaria del IGV se genere a partir de dicha fecha.
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