Dinero descontado en agosto y en lo que va de setiembre no será devuelto, precisa la nueva ley.
Ayer, el Poder Ejecutivo promulgó la ley, aprobada por el Congreso, que pospone por un año la obligación de los trabajadores independientes –que emiten recibos por honorarios o laboran por su cuenta– de aportar a un sistema de pensiones.
¿Qué pasará con el dinero ya descontado en el mes de agosto y en lo que va de setiembre? ¿Cómo se reanudará este pago el próximo año? El texto de la norma publicada en el diario oficial El Peruano (Ley N° 30082) lo detalla. Acceda aquí a un resumen:
1. No es eliminación de la obligación. El descuento de un porcentaje del sueldo a este grupo laboral se retomará a partir del 1 de agosto de 2014. Y el Ministerio de Economía ya ha aclarado que no habrá más postergaciones.
2. ¿Y lo que ya me descontaron? Los aportes que se hubieran generado y/o efectuado entre el 1 de agosto y un día antes de promulgada la norma se tomarán en cuenta para el cálculo de la pensión.
Esto quiere decir que se destinarán al fondo que el trabajador irá acumulando, ya sea en una AFP o en la ONP, para su pensión. Solo accederá a estos al momento de su retiro y se utilizarán para su pensión.
3. ¿Pagaré comisión? La norma no lo precisa, pero este cobro solo se aplicaría a quienes optaron por afiliarse a una AFP. En este caso es Habitat, que aplica un descuento de 0.47% sobre el sueldo y de 1.25% al año sobre el fondo.
Esta administradora se hará cargo de los aportes por dos años, hasta 2015, tras haber ganado la subasta de nuevos afiliados al ofrecer la tarifa más baja del mercado.
4. Si ya no aportaré hasta agosto de 2014, ¿qué pasará con mi fondo? El dinero sigue con el sistema que haya elegido (AFP o ANP). La ley indica que el empleado puede aportar, voluntariamente, hasta el 31 de julio de 2014.
5. ¿Y los que también están en planilla? Esta ley seguirá comprendiendo a quienes, además de estar en planilla de una empresa, emiten recibos para otra por labores extras.
6. Tasa de aporte ha variado. En la ONP, los trabajadores pagarán el 5% de su sueldo desde agosto de 2014. En agosto de 2015, la tasa subirá a 7.5%. En agosto de 2016 llegará a 10%, y desde el mismo mes de 2017 será de 13%.
En las AFP se empezará en 2.5% (agosto de 2014) y subirá a 5% (desde agosto de 2015). Luego, a 7.5% en 2016, y a 10% en 2017.
Diario Peru21 (23/09/2013)
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.